10 junio 2007

Las parodias en la seguridad de las obras viarias

La siniestralidad viaria es el primer problema de seguridad pública entre todos los fenómenos violentos que amenazan a la población del planeta, en todas partes mata y hiere con más frecuencia y cantidad que guerras, terrorismo, delincuencia, catástrofes naturales, accidentes domésticos y otros fenómenos violentos. La siniestralidad laboral no alcanza las proporciones de la viaria, pero no es asunto que pueda dejarse de la mano.

Además del drama humano, que ya es, el coste económico de la siniestralidad viaria es astronómico, aunque no se contempla en las cuentas de la Sociedad porque el modelo contable empleado no lo incluye, pero su coste sí sale de los bolsillos de los ciudadanos; igual ocurre con el coste social de la siniestralidad laboral. De modo que la siniestralidad que se produce en un país o en una ciudad empobrece inexorablemente a sus ciudadanos, y encima les encarece el seguro de los vehículos, porque también se fija en función de los índices locales de la siniestralidad.

La siniestralidad viaria disminuye en la medida que se mejora la seguridad, y ésta se mejora diminuyendo el riesgo físico de que se produzcan los fenómenos violentos (impactos, atropellos, salidas de la vía, vuelcos y caídas), y no de los modos alquímicos que algunos no paran de repetir, intentando justificar no se sabe qué, porque no dicen nada que se pueda entender por el común de los mortales, y menos aún por los que saben algo de la materia.

Hace unos días volvió a salir en los medios un asunto que no por sabido deja de ser de vergonzante actualidad, que muchos planes de seguridad de las obras se hacen mal. Se hacen planes genéricos y ambiguos que pasados por fotocopiadora sirven para todas las obras que sea menester. Esto es una desvergonzada parodia, pues un plan de seguridad decente tiene que detallar las medidas especificas para controlar los riesgos concretos que existen en cada uno de los trabajos a realizar en cada obra. Esto, que es tan evidente y de sentido común, y que cualquiera entiende, parece que no encaja en la cabeza de cierto tipo de técnicos, quizás muy ocupados por otros asuntos y cuestiones.

Esta pantomima en los planes de seguridad también se practica en las obras viarias, en las que además de la seguridad de los trabajadores tenemos en danza la seguridad viaria, la de los usuarios de calles y carreteras.

Lo más gracioso del asunto, es que los planes de seguridad forman parte del proyecto de la obra, que para poder ejecutarse tiene que aprobarlo la Administración competente. Y ya es para desternillarse en el caso de las obras viarias cuyo promotor es la misma Administración que aprueba el proyecto con el plan de seguridad que hayan incluido los técnicos cortitos de entendederas; situación que ya es surrealista en el caso de los Municipios, porque además de ser el promotor de la obra y de aprobar el proyecto con la parodia de seguridad que le hayan colado, encima es la autoridad local encargada de velar por la seguridad viaria, y no debe permitir que se ejecuten obras viarias sin las medidas para garantizar la seguridad de trabajadores y usuarios.

Ustedes tienen ojos y no hace falta que les detalle las señalizaciones, los balizamientos y las defensas de autentica vergüenza que se ven por las obras viarias, creando riesgo al no cumplir sus funciones para la seguridad; y qué decir de los agujeros, zanjas, vallas, alambres, hierros, materiales y el sin fin de obstáculos e incorrecciones que existen. Y todo ello incumpliendo normativas y los dictados más elementales del sentido común, creando riesgos estúpidos e inútiles para trabajadores y usuarios, de día, de noche y a cara descubierta.

Pues tengan bien claro, que aquellas Administraciones que no procuran por la seguridad de sus infraestructuras viarias dejándolas con múltiples riesgos para el tránsito de personas y vehículos, y que aprueban proyectos con parodias de seguridad en vez de con planes, y que permiten que las obras viarias se ejecuten con riesgos estúpidos para trabajadores y usuarios, les están empobreciendo descaradamente, porque el coste social de la siniestralidad que producen los riesgos que se han dejado tan alegremente, saldrá de sus bolsillos, no de las Administraciones, cuyas cajas también llenan ustedes con los impuestos.

Lo más barato para la Sociedad y los ciudadanos es gastar lo que sea menester en seguridad, aunque ello provoque quebraderos de cabeza a los que administran las cuentas públicas, a los que hacen y aprueban vergonzantes parodias de seguridad en vez de planes, y a los que toleran que tales parodias se representen, como si las obras, las calles y las carreteras fuesen el escenario de una gran farsa que hay que representar.

Pero en tráfico, en las obras y en la vida no valen parodias ni representaciones teatrales, sólo sirve la verdad, porque la vida, los siniestros, los muertos y los heridos son de verdad, como el dinero que hay que pagar por los astronómicos costes sociales de la siniestralidad.

¿Lo hacen queriendo? Sinceramente, creo que en la mayoría de los casos es pura ignorancia mezclada con comodidad y algo de soberbia, pero es necesario que despierten y busquen buena formación, porque estamos hablando del primer problema de seguridad pública entre los fenómenos violentos que nos matan y hieren, y ya va siendo hora de dejarse de inútiles monsergas y moralinas y atenerse a la realidad, no hay otra salida que emplear la poca verdad que sabemos, optimizando los recursos e inversiones de los que dispone la Sociedad para ir solucionando eficazmente esa gran tragedia humana que ha sido y es la siniestralidad vial.

Y lo que demuestran los hechos, es que cuando se mejoran las infraestructuras viarias y su gestión, la siniestralidad y las víctimas caen en picado; pero es que, además, eso tiene explicación.

07 junio 2007

A propósito de la seguridad vial en la Argentina. Respecto de la responsabilidad del Estado y de los concesionarios viales

Podrá decirse más alto, más amplio y con más detalles y matices, pero no más claro. Y aclarando diferencias, las palabras de Martín también son aplicables a España.

A PROPÓSITO DE LA SEGURIDAD VIAL EN LA ARGENTINA.
Respecto de la responsabilidad del Estado y de los concesionarios viales.

Por Martín Diego Pirota
Abogado Especialista en Derecho de Daños (Universidad de Belgrano – Argentina y Universidad de Salamanca – España)


A tenor de los graves y reiterados accidentes de tránsito con lamentables saldos de personas muertas y lesionadas, y más aún teniendo en cuenta la “Semana Mundial para la Seguridad Vial” instituida por la ONU del 23 al 29 de Abril de 2007, y la decisión del Gobierno Nacional de declarar al año en curso como “Año de la Seguridad Vial” en nuestro país, conviene que hagamos un breve repaso de las obligaciones que, en la temática del tránsito, prevención y seguridad vial en calles y carreteras, debe cumplir el Estado (Nacional, Provincial o Municipal), organismos autárquicos competentes (Dirección Nacional o Provinciales de Vialidad, Secretaría de Transporte, Comisión Nacional de Regulación del Transporte, Órgano de Control de Concesiones Viales, Superintendencia de Seguros, etc.) o en su caso, los concesionarios de peaje:

• El Estado es la máxima autoridad en materia de tránsito y tiene siempre un deber primario para con la sociedad toda en un asunto de importancia vital y colectiva como el tránsito vehicular, debiendo impedir la circulación de aquellos vehículos que no reúnan las condiciones de seguridad reglamentarias y que puedan causar accidentes (conf. art. 72 de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449/95);

• Los accidentes no son tales ya que según la Organización Mundial de la Salud son previsibles y evitables (según declaraciones de la Directora de la O.M.S. Margaret Chan), es decir, que son sucesos claramente previsibles (no es caso fortuito) para la autoridad con competencia sobre la vía (Estado, organismo vial descentralizado y/o ente concesionario vial). Así lo imprevisible es distinto de lo imprevisto: imprevisto es lo que no se previó efectivamente. Va de suyo que quien no previó lo que era previsible puede estar incurso en culpa, y esa es la conducta omisiva en que incurre la entidad competente (conf. art. 1074 del Código Civil). Como dice el poeta y escritor francés Paul Valéry “¿Qué puede haber imprevisto para el que nada ha previsto?”;

• El Estado debe hacer más exigente el otorgamiento y renovación de las licencias de conducir, sancionando a los funcionarios que las extiendan a aquellas personas que no cumplen los requisitos que exige la ley (conf. arts. 13 parte final de la Ley Nº 24.449/95 y 1112 del Código Civil);

• El Estado debe sancionar más enérgicamente a los infractores de tránsito, mediante la aplicación de multas y condenas penales ejemplares y de cumplimiento efectivo en aquellos casos de extrema gravedad (ej. picadas, conductores alcoholizados, etc.);

• El Estado debe fiscalizar -a través del Órgano de Control de Concesiones Viales- el fiel cumplimiento de las obligaciones de los concesionarios de peaje en lo que hace al mantenimiento y conservación de las rutas que le fueron entregadas (conf. art. 18 del Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Licitación de Concesión de Obra Pública);

• El Estado u organismo vial competente (DNV, DPV o concesionario vial) debe instalar y mantener las señales viales que acompañen, marquen, informen, induzcan y en definitiva muestren a los conductores y peatones el camino más seguro;

• El Estado debe controlar y advertir a la población –a través de la Superintendencia de Seguros de la Nación- la solvencia económica y financiera de las compañías de seguros que operan en el ramo del seguro obligatorio automotor (conf. Ley Nº 20.091/73 de Entidades de Seguros y control de la actividad aseguradora);

• El Estado está obligado a vigilar en forma permanente –a través de la Secretaría de Transporte, Comisión Nacional de Regulación del Transporte y autoridad policial- que todos los automóviles, camiones o motocicletas y especialmente los colectivos del transporte público de pasajeros de corta, mediana y larga distancia, circulen con la cobertura al día del seguro obligatorio de responsabilidad civil automotor (se estima que en la Argentina alrededor del 50% del parque automotor circula sin seguro);

• El concesionario de peaje debe prestar los servicios en forma ininterrumpida durante las 24 horas (auxilio médico y/o mecánico, extinción de incendios, sistema de postes parlantes “SOS”), manteniendo la ruta y banquinas despejadas y libre de cualquier objeto fijo o móvil (animales sueltos) que pudiera ocasionar una situación de peligro o accidente;

• El concesionario vial debe suspender total o parcialmente la circulación cuando, circunstancias climáticas extraordinarias como la abundante nieve o neblinas espesas que reducen notablemente la visibilidad y que seguramente traerán aparejados accidentes en cadena con múltiples vehículos involucrados, así lo aconsejen. Si no suspende la circulación por lo menos debe proveer al usuario vial de coches guía, que cumpliendo una función similar al safety car utilizado en las competencias automovilísticas, marca la marcha, controlando la velocidad y evitando el sobrepaso; o también puede instalar detectores de niebla que a través de carteles lumínicos adviertan al automovilista la intensidad y gravedad del fenómeno mediante una señalética especial (conf. art. 14 del Reglamento de Explotación de Concesiones Viales).

Pues bien, debemos confesar al lector que al momento de estar enumerando este catálogo de deberes incumplidos en la mayoría de las veces por el Estado o autoridad vial competente, no podemos evitar recordar los desgraciados y desastrosos accidentes de tránsito ocurridos en nuestra patria y que pudieran haberse evitado, y asimismo el miedo de pensar que seguirán sucediéndose si el Estado no abandona su pasividad, sensibilizándose con el sufrimiento causado, conteniendo el sentimiento de impotencia e impunidad colectiva y dando respuestas al clamor popular de justicia para víctimas y responsables.

Esperemos que todo usuario se informe correctamente y se sienta estimulado a ejercitar sus derechos; y de esa forma contribuya a la mejoría y excelencia del tránsito y la seguridad vial, exhortando a todos los sujetos involucrados (Estado, organismos viales competentes o concesionarios de peaje) al inmediato y responsable cumplimiento de las obligaciones asumidas, enfrentando positivamente la dolorosa y alarmante estadística de destrucción y muerte que enlutan los caminos argentinos. Que así sea.-